jueves, 6 de noviembre de 2014

ENSAYO
“LEY EMILIA”
La Presidenta de la República, Michelle Bachelet, junto a los ministros Andrés Gómez-Lobo, José Antonio Gómez y Ximena Rincón, firmaron con fecha 15 de Septiembre, la modificación de la ley del tránsito, en lo que se refiere al delito de manejo en estado de ebriedad, causando lesiones graves gravísimas o con resultado de muerte, más conocido como la “Ley Emilia”.
Fue promulgada la llamada Ley Emilia, en referencia a una menor de nueve meses que falleció en un accidente de tránsito. La normativa eleva las penas de la conducción bajo la influencia del alcohol o sustancias estupefacientes o psicotrópicas que causen lesiones gravísimas o la muerte, cuya penalidad actualmente va de tres a cinco años; la nueva ley las fija entre 3 y 10 años, estableciendo, además, que no se podrá imponer una pena inferior a ese mínimo y el condenado deberá cumplir al menos un año efectivo de cárcel antes de obtener algún beneficio que implique la libertad. Simultáneamente, se aprobó una ley que eleva la pena mínima del homicidio simple de cinco a 10 años y del homicidio calificado, de 10 a 15 años.
Las nuevas penas que se contemplan para los automovilistas que protagonicen accidentes bajo los efectos del alcohol y, además, los nuevos delitos que se tipifican:
Aumento de pena:
 La "Ley Emilia" eleva el nivel máximo de la pena en el caso que el conductor, bajo el efecto del alcohol, ocasione daños graves o la muerte, arriesgando los autores un presidio de 3 años y 1 día a 10 años.
Agravantes:
Aumenta la pena cuando el conductor está con licencia cancelada o con prohibición de conducir, cuando es un conductor profesional o cuando hay una reincidencia. En estos tres casos la pena que se arriesga es entre 5 años y 1 día a 10 años.
Cárcel efectiva:
Cualquier persona que sea condenada por causar daños graves o la muerte -bajo estado de ebriedad- deberá pasar sí o sí un año en la cárcel, pudiendo acceder al beneficio de libertad condicional sólo tras cumplir 2/3 de la pena.
Fuga del lugar:
Con la legislación se tipifica un nuevo delito, que se produce cuando la persona -independiente de si bebió alcohol o no- se fuga del lugar del accidente.
Negarse a alcoholemia:
La persona se niega a realizarse la alcoholemia. Si hay negativa injustificada a acceder al control, se sancionará con multa de 3 a 10 UTM y con la suspensión de la licencia hasta por un mes.
En caso de que haya lesiones o muerte de una persona y haya una negativa a realizarse la alcoholemia (o dilación de la misma) se castigará con la pena de presidio menor en su grado máximo (desde tres años y un día a 5 años).
En Chile los accidentes de tránsito representan la primera causa de muerte en niños entre 0 y 14 años, cada día 5 personas mueren en este tipo de siniestros y el alcohol está presente en, al menos, 20% de ellos.
La modificación a la ley del tránsito en cuanto a delito de manejo en estado de ebriedad, causando lesiones graves gravísimas o con resultado de muerte, “Ley Emilia”, busca reducir las cifras de accidentes de tránsito y las tragedias que estos provocan.
No obstante que la concreción de la Ley Emilia ha resultado más razonable y coherente con el sistema penal que la propuesta original, subsisten aspectos discutibles. Desde luego, no se permite que las atenuantes jueguen el papel de rebajar la pena incluso más allá de la pena asignada al ilícito, como en la generalidad de los delitos, lo que puede constituir una discriminación arbitraria y, por lo mismo, ser objeto de impugnación ante el Tribunal Constitucional por los afectados. Asimismo, debe cumplirse a todo evento un año de presidio, norma que nuevamente constituye una discriminación frente a otros delitos. En este aspecto, el problema está en que hoy los beneficios de cumplimiento alternativo o la libertad condicional se otorgan en forma casi automática y sin ponderar su conveniencia en cada caso, como correspondería. Cabría, entonces, estudiar una reforma que haga más estricta la aplicación de estas normas y no aprobar restricciones legales para ciertos delitos.
En suma, es negativo legislar en función del impacto que producen ciertos casos, ya que provoca distorsiones y tratamientos poco equitativos entre diversas situaciones.

El cambio legal se traduce en un aumento de las penas, sancionando con cárcel efectiva de, al menos, un año a los conductores en estado de ebriedad que generen lesiones graves gravísimas o la muerte. En el caso de que se ocasione la muerte o lesiones graves o gravísimas será de 3 años y un día a 5 años, multa, comiso del vehículo e inhabilidad perpetua para conducir.
En los casos de reincidencia, conductor profesional en el ejercicio de sus funciones o conducción con licencia cancelada o inhabilitada se le otorgará connotación de delito calificado, con pena de 5 años y un día a 10 años. Asimismo, se establece el delito por fuga del lugar del accidente, -aumentando la penalidad-, y por la negativa a realizarse los exámenes respectivos.

La ley Emilia fortalece y concientiza a la sociedad sobre las causas y efectos que conlleva conducir en estado de ebriedad o bajo el efecto del consumo de sustancias narcóticas o drogas, dando a conocer sus puntos de atención en diversas causas como también las posibles consecuencias. Es importante también increpar en la comparación de sentencias penales en cuanto a otros delitos ocurrentes dentro de nuestra sociedad, puesto que existen delitos los cuales no dañan a las personas en el mismo nivel que el que hace un accidente por conducir en estado de ebriedad puesto que aquí se daña la integridad física o psicológica de la persona, pero sin embargo la sentencia no es igual a un caso de tráfico de drogas o hurto entre otros los cuales no afectan la integridad de las personas pero sin embargo la sentencia es mucho más elevada haciéndose notar la diferencia entre diferentes leyes.  

6 comentarios:

  1. muy buen ensayo.... :) super interesante

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  2. excelente punto de vista.. un muy buen ensayo

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  3. super buena opinión y sirve aun mas para la claridad de este tema.

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  4. excelente tu ensayo me gusta la opinión que estas dando del tema saludos

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  5. felicidades tienes una excelente argumentación sobre la ley emilia

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  6. excelente ensayo, me párese interesante esta nueva normativa ya que constara con su justa sanción aquellos que cometan esta falta.

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